Luanda - La Ley General del Trabajo, que entró en vigor hace una semana, amplía las medidas disciplinarias contra los trabajadores, lo que en definitiva supone un cambio favorable en el mantenimiento de la relación laboral.
La ley anterior, de 2015, reducía sustancialmente el abanico de medidas disciplinarias, lo que dejó una margen muy corta a los empleadores para actuar en casos de infracciones de los empleados. Hoy en día, existe un rango más amplio para que los empleadores puedan optar por la sanción a aplicar al empleado infractor.
Así, el legislador decidió restablecer las medidas disciplinarias de la Ley 2/00, recuperando las medidas de disminución temporal de categoría, reducción temporal de salario y suspensión de empleo con pérdida de sueldo, elevando a seis el número de medidas sancionadoras a disposición de los patronos, lo que les permite disponer de una gama más amplia de opciones a la hora de decidir cómo sancionar a un empleado.
La ley derogada incluía únicamente las medidas de amonestación verbal, amonestación registrada, reducción temporal del salario y despedimiento disciplinario.
De este modo, para las infracciones cometidas por los trabajadores, el patrón puede, en función de la gravedad, aplicar las medidas disciplinarias enumeradas en el artículo 47 de esta ley, como la amonestación verbal, la amonestación registrada, el descenso temporal de categoría, la reducción temporal del salario, la suspensión del trabajo con pérdida parcial del salario y el despido disciplinario.
En cuanto al ejercicio del poder disciplinario por procedimiento escrito, se tuvo en cuenta las sucesivas preocupaciones en torno a esta materia, la jurisprudencia de los tribunales superiores y de primera instancia, así como la amplia doctrina producida, y se clarificaron algunos aspectos del proceso disciplinario, concretamente la eliminación del período de investigación previa, ya que era el que más confusión causaba a las partes de la relación laboral, confundiendo los plazos para el ejercicio de los derechos/poderes.
Independientemente de esto, la finalidad de la investigación no difiere mucho de la finalidad de todo el proceso, que, en definitiva, persigue la comprobación de la existencia o no de falta disciplinaria cometida por el trabajador y, en consecuencia, la aplicación del resultando correspondiente, en función de la confirmación o no de la falta.
En una entrevista concedida a la ANGOP, el director de la Oficina Jurídica y de Intercambio del MAPTSS, David Kinjica, consideró que la ampliación de las medidas disciplinarias demuestra que la ley es mucho más justa y equilibrada.
Dijo que el objetivo era reforzar la protección de los derechos de los trabajadores y proporcionar a los empleadores un mayor poder disciplinario para garantizar que, a pesar de la protección que deben tener los empleados, las empresas sean también lugares de productividad.
Sistematizada en 322 artículos, 11 capítulos, 46 secciones, 25 subsecciones, 2 divisiones y 5 subdivisiones, la nueva Ley General del Trabajo fue publicada en el Diário da República, en la Serie I - nº 245, el 27 de diciembre de 2023, tras su aprobación por la Asamblea Nacional y promulgación el 11 de diciembre de 2023. ART/AK/EP